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jueves, 4 de febrero de 2010

DERECHO A LA TERNURA



SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACION SOCIAL
SUBDIRECCION LOCAL PARA LA INTEGRACION SOCIAL BOSA
JARDIN INFANTIL LAURELES



POR EL DERECHO A LA TERNURA

POR QUÉ A LOS ADULTOS SE LES OLVIDO JUGAR?


Siempre se ha dicho que el juego es fundamental en la infancia por el valor, el sentido formativo y pedagógico que contiene, además por su papel potenciador en la tarea socializadora del niño y la niña, y por ser la primera forma de lenguaje y conocimiento.
En el juego En esa medida, es un camino para realizar las primeras conquistas culturales y adquirir conciencia del ser y de la realidad. Como el juego es un rasgo singular en la infancia y una actividad que acompaña la experiencia cotidiana, se convierte entonces en una expresión social que se transmite y se recrea entre generaciones. y este rasgo de la conducta infantil tiene una fuerte vinculación en la construcción del conocimiento, ya que, en estas etapa de la vida, investigar conocer forma parte de un mismo proceso.
hay libertad, pero se aceptan reglas y, en ese marco se generan aprendizajes sobre si mismo y de los demás, se interpretan y elaboran normas, se toman decisiones, se gana confianza, voluntad y paciencia, se establecen relaciones, se logran equilibrios, respeto y solidaridad todo lo cual permita avanzar el proceso de desarrollo.
Si todo lo anterior se logra a través del juego y se da fundamentalmente en la etapa infantil.
¿Que es lo que obliga a que a medida que se crece se olvida jugar?, y cuando digo jugar también estoy pensando en recrear la realidad, la cotidianidad de los adultos inmersos en el trabajo, oficina, Fabrica,, casa, calle, colegio, instituciones , que se olvidaron de vivenciar con agrado, la sonrisa cómplice, el amor por lo que se hace.

A medida que se crece los aprendizajes que fueron formando la personalidad de los seres, se quedan en el recuerdo y el la infancia.
Por qué a los adultos se les olvido jugar?
Crecemos y vamos interesándonos por tareas mucho mas serias, los hijos, el trabajo, cualesquiera que sea la política, todo es más importante que recrear la cotidianidad.
Considerar el juego como parte del patrimonio cultural y social nos permite pensar en interacciones inter generacionales para favorecer el fortalecimiento de las familias.
Esta experiencia facilitara la expresión de la diversidad y la universalidad dado que la lúdica tiene expresiones particulares de una comunidad y expresiones más universales.
Como capacidad y habilidad creativa la interacción depende de una variedad y riqueza de experiencias que se puedan vivir, a través del juego es posible hacer preguntas, acceder al saber y al conocimiento, aprender a concentrarse .observar y trabajar en equipo, corregir errores, ensayar, experimentar, descubrir, acrecentar el deseo de conocer y aprender.


Luz Diola Torres Gallego
Coordinadora jardín Infantil Laureles


PROLOGO

Entregamos a nuestros lectores el texto “EL DERECHO A LA TERNURA”, proclamado en el año 2009 por las directivas y profesoras del Jardín Infantil Laureles de la Localidad de Bosa, adscrito a la Secretaria Distrital de Integración Social, certificando que a través de una asamblea interna y después de muchos debates se aprobó el decreto 001 del 17 de septiembre de 2009, en el cual se establecen los mandatos para que sea de obligatorio cumplimiento este decreto.
Con el propósito de resaltar los valores sociales, humanos y familiares de nuestras comunidades, donde hay posible vulneración del derecho a la ternura, negándose la posibilidad de dar y recibir abrazos, caricias y sonrisas cómplices.
En ejercicio de sus facultades, y poder soberano, representado por sus delegatarias a la asamblea Nacional DERECHO A LA TERNURA, Invocando la protección de Dios y de todos los ángeles del cielo con el fin de fortalecer la amistad, el amor, la ternura, la unidad del ser humano, la convivencia, el respeto, la igualdad y la integración de las comunidades Colombianas y asegurar a cada uno de sus integrantes la vida, la convivencia, la libertad y la paz, en un marco de afecto democrático y participativo que garantice el derecho a la ternura.


DECRETA, SANCIONA Y PROMULGA:


DERECHO A LA TERNURA
DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Articulo 1.

El jardín infantil Laureles de la Localidad de Bosa en el Distrito Capital, es el lugar donde se descentralizará “el amor, la ternura y el respeto en forma democrática y participativa”.

Articulo 2.

Son fines esenciales del Jardín Infantil Laureles de a Localidad de Bosa en el Distrito Capital promover la prosperidad general y garantizar la efectividad, de los derechos y deberes consagrados en este decreto, el derecho a la ternura, mantener la amistad , la sonrisa y asegurar la alegría.

Articulo 3

Se garantizara la protección de las personas que brinden sonrisas, ternura, amistad, sin distinción de raza, credo, nacionalidad, etnia o jardines infantiles de Bogotá y del Mundo.

Articulo 4.

La mujer y el hombre tienen iguales derechos para demostrar su amor, tristeza, alegría, miedos expresados a través de la risa, el llanto u oras manifestaciones emocionales sin temor a lo que piensen los demás.


Articulo 5.

Son derechos fundamentales de los niños, niñas, hombres y mujeres poder expresar afecto, dar a brazos y besos son sinceridad absoluta y sin temor a expresar sentimientos.

Articulo 6.

Es de obligatorio cumplimiento que los hombres expresen sentimientos de alegría, melancolía, el amor sincero sin temor a la crítica, a través de manifestaciones como el llanto, la sonrisa y las caricias, sin ninguna restricción.

Articulo 7

Toda comunidad esta conformada por diferentes grupos familiares y estos a su vez los fundamenta el respeto dela dignidad humana, la solidaridad de las personas que la integran y la prevalencia de educación y la formación.

Articulo 8.

Los niños y las niñas merecen ser tenidos en cuenta en todo momento, fortaleciendo sus cualidades, capacidades preparándolos para la vida.


Articulo 9.

El derecho a la vida es fundamental, el dar abrazos, a tiempo lograran excelentes resultados en la armonía y la comprensión de la humanidad.

Articulo 10.

Se permitirá a los niños y niñas en diferentes espacios a reír y disfrutar contagiando a las personas que los rodeen.

Articulo 11

Se garantizara la libre expresión donde niños y niñas escogerán como divertirse con papá y mamá, los cuales darán gusto a estos requerimientos como sea posible.

Articulo 12.

El bienestar de la familia hace parte de la garantía del ejercicio dela ternura, por lo cual el estado Colombiano lo garantizará.

Articulo 13.

Los agentes educativos garantizaran la estadía de niños y niñas en las instituciones, formándose, jugando y divirtiéndose, satisfaciendo las necesidades, haciendo de su vida un cuento maravilloso, preocupadas.

Articulo 14.

Todos los niños y las niñas del jardín infantil laureles y del mundo tienen derecho a crecer confiados de si mismos, sintiéndose queridos y valorados por la sociedad.

Articulo 15.

Las manifestaciones de afecto y ternura se permitirán en todas las expresiones posibles, siempre y cuando no atenten contra la dignidad de las personas.

Articulo 16.

Toda persona podrá ver la ternura como el arte de sentir; las autoridades infantiles inspeccionaran por las casa e instituciones eln lo relativo a las expresiones de ternura. La ley podrá ordenar la revisión y fiscalización a todos los ciudadanos y ciudadanas y exigir pruebas contundentes de este ejercicio.


SANCIONES

todas las personas que dejen asentar en su corazón la tristeza, el aburrimiento y la melancolía, serán juzgadas por cometer delitos irremediables y exiliadas al país del desamor.
las personas que sean sorprendidas evitando sentimientos de amor, ternura y amistad, serán llevadas ante el juez del amor, quien podrá dictar sentencia que ira desde el arresto en la cárcel del amor hasta el exilio al país dela felicidad.
Los que fueren reconocidos como seres tristes, grises, melancólicos y huraños, serán condenados a vivir en la comunidad de la felicidad hasta tanto se convenzan que pueden ser felices por siempre.


PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Bogotá, 18 de septiembre de 2009


LUZ DIOLA TORRES GALLEGO EQUIPO DOCENTES JARDIN I LAURELES

Presidente Secretarias(os)

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